| Comunicado
Nuevas disposiciones CCT Salta - Jujuy
Ante las nuevas disposiciones a nivel nacional que establecen que las provincias de Salta y Jujuy podrán pasar de la fase de aislamiento social preventivo obligatorio (ASPO) a la fase de distanciamiento social preventivo y obligatorio, queremos informarles que, en el día de hoy viernes 5 de junio, se reunió el Consejo Directivo del CCT y ha definido las próximas acciones a implementar al respecto.
En primera instancia, todos los Institutos deberán garantizar las medidas que ha establecido a nivel nacional el CONICET mediante el PROTOCOLO DE HIGIENE Y SEGURIDAD PARA UNIDADES EJECUTORAS PARA REINICIAR LAS ACTIVIDADES DE TRABAJOS EXPERIMENTALES EN PROVINCIAS O LOCALIDADES QUE SE ENCUENTREN AL MENOS EN FASE IV (RESOL-2020-1005-APN-DIR#CONICET). Este Protocolo indica que se autorizará el ingreso a las instalaciones de la Unidad Ejecutora sólo para realizar actividades indispensables. En la medida de lo posible, todo el trabajo de oficina debe seguir realizándose en los respectivos hogares. Asimismo, el CONICET ha solicitado que cada Instituto tenga su propio Protocolo para atender situaciones específicas. La Resolución indicada más arriba solicita que antes de habilitar el retorno a los Institutos, el Director/a de cada Unidad deberá contar con los avales necesarios de las autoridades provinciales/municipales y de la contraparte junto al protocolo correspondiente que se aplicará, aprobado por el CCT. La tramitación de estos avales los llevará a cabo el CCT. Asimismo, se ha establecido que, el Director/a de cada Centro Científico Tecnológico (CCT) remitirá a la Gerencia de Desarrollo Científico y Tecnológico (GDCT) del CONICET el/los aval/es previamente mencionados y el protocolo que se aplicará, dejando expresa constancia que los avales y el protocolo se ajustan a las pautas establecidas por la Resol. 2020-1005-APN-DIR#CONICET.
Cumplido este trámite, para otorgar las autorizaciones a concurrir a cada Unidad Ejecutora, los jefes de grupo presentarán al Director/a del Instituto un organigrama de actividades, de modo de respetar las condiciones que se establecen en el Protocolo CONICET. Para ello, pueden proponer ocupar diferentes días y/o franjas horarias de acuerdo a lo convenido entre la Dirección y los jefes de grupo. Antes de concurrir a la Unidad, cada miembro de Instituto deberá esperar a la autorización de la Dirección.
Actualmente el CCT Salta – Jujuy ya ha recibido los protocolos de cada Unidad Ejecutora y emitirá la semana que viene una DECISIÓN que aprueba y avala los mismos. Esta Decisión será presentada a los Rectores de la Universidad Nacional de Salta y la Universidad Nacional de Jujuy solicitando su acuerdo y aval. Paralelamente, este mismo documento será enviado a las autoridades provinciales que correspondan, para obtener los mismos avales. Cumplidos estos trámites, se elevarán los protocolos aprobados y los avales correspondientes a la Gerencia de Desarrollo Científico y Tecnológico (GDCT) del CONICET para obtener las autorizaciones a concurrir a los Institutos.
Esperamos que en el transcurso de la semana que viene hayamos logrado cumplimentar todos los procedimientos solicitados para obtener las autorizaciones y así poder coordinar con cada jefe de grupo las condiciones para el acceso a sus lugares de trabajo.
Volvemos a destacar enfáticamente que esta flexibilización de acceso a los lugares de trabajo no implica una condición obligatoria ni compulsiva para ningún miembro de la red institucional de Conicet y se mantiene la recomendación de privilegiar las actividades de trabajo remoto en cuanto sea posible y que continúan vigentes los grupos exceptuados de la prestación de tareas en el caso de embarazadas, mayores de 60 años, personal en situación de riesgo y al cuidado de menores de 12 años o de familiares mayores que podrán solicitar una licencia acreditando esta situación ante los Deptos de RR HH de cada CCT.
Agradecemos la comprensión de todas y todos los miembros de Institutos destacando que el principal objetivo de las autoridades de cada Instituto es privilegiar la protección de los agentes, su familia y el personal externo al Conicet que se vería obligado a desarrollar tareas de apoyo para garantizar el funcionamiento de los Institutos.